La Agencia Tributaria dejará de enviar por correo sus notificaciones en aplicación del Real Decreto 1363/2010 .Las pondrá a disposición del contribuyente (o su apoderado) en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y en el portal notificaciones.060.es para que éste acceda por internet. El contribuyente (o su apoderado) debe acceder a dichas notificaciones. En caso de no hacerlo en el plazo de 10 días naturales desde la puesta a disposición, el acto administrativo se considerará notificado.
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